Análisis comparado de
las propuestas de Protocolo presentadas ante
Tuvalu y Japón
Por:
Gerardo Honty – Uruguay - CAN-LA
En el marco de las submissions presentadas por las partes ante la reunión de los órganos
subsidiarios de
El objeto de esta revisión es hacer un análisis
comparativo de los principales puntos de ambas propuestas desde la perspectiva
de los intereses de la región latinoamericana. Este documento presenta la
siguiente estructura:
1) Un análisis general de los enfoques de ambas
propuestas.
2) Un análisis comparado de los temas principales para
la región: Mitigación, Adaptación, Financiamiento, Tecnología y REDD.
3) Una tabla comparativa de resumen de los puntos
mencionados
4)
Una tabla
comparativa de los contenidos de los Protocolos de acuerdo a los títulos de sus
artículos
En general se presentan los aspectos principales
presentes en los textos y entre paréntesis algunos comentarios personales del
autor respecto de las implicancias, particularmente para los países de América
Latina.
En una evaluación global, la propuesta de Tuvalu
parece más en línea con los intereses de la región y del mundo en desarrollo.
En particular es bastante más cercana a las posiciones de CAN que el proyecto
de Japón
1) Análisis General
Las
perspectivas de ambas propuestas son claramente diferentes. La de Tuvalu
proviene de un país parte de
Estas
diferentes perspectivas se manifiestan desde el inicio en la formulación de
ambas propuestas con relación a los objetivos finales de reducción de emisiones
a mediano y largo plazo. La propuesta de Tuvalu establece un límite máximo de
concentración de emisiones en la atmósfera de 350 ppm
y un límite máximo de temperatura por debajo de 1,5º de aumento respecto de los
niveles pre-industriales. De acuerdo a los datos del
4º Informe del IPCC, esto requiere una reducción de emisiones en el entono del
85% respecto de las emisiones de 1990 para el año 2050. En cambio la propuesta de
Japón propone para esa misma fecha, una reducción del 50% sobre las emisiones
actuales. Es decir que no solo es menor e porcentaje en sí mismo sino que
además por ser tomado como año de base el 2009 (suponiendo que este representa
las “emisiones actuales”) la reducción obtenida será menor que la propuesta de
Tuvalu que toma como base el año 1990.
En
términos generales la propuesta de Tuvalu presenta mayores definiciones de
políticas e instrumentos, mientras que la japonesa se extiende más en
cuestiones de procedimientos y regulaciones.
2) Análisis comparado de los temas
principales
Mitigación
La
propuesta de Tuvalu
El proyecto de Protocolo presentado por Tuvalu propone
límites cuantificados de reducción de emisiones para los países desarrollados y
aquellos que voluntariamente los quieran adoptar.
Para ello prevé un anexo donde se listarán los
compromisos asumidos por las Partes para el período 2012 - 2017 de una manera
similar a como se establece en el Anexo B del Protocolo de Kioto. (Obviamente, estos
países y sus respectivas cantidades son parte de los asuntos a negociar desde ahora
hasta la finalización de
Para los países en vías de desarrollo la propuesta de
Tuvalu avanza en las NAMAs (Acciones de Mitigación
Nacionalmente Apropiadas). (Estas ya aparecen como un nuevo instrumento que
seguramente formará parte del acuerdo futuro en cualquier versión de Protocolo
que se acuerde). En este caso, la propuesta establece tres niveles: Uno en que
las acciones previstas se financian con recursos propios del país; un segundo
nivel en el que las acciones serán financiadas a partir de un Fondo
Multilateral de Cambio Climático -a ser creado por
En cualquier caso estas medidas pueden tener un
alcance nacional, sectorial o por proyecto y deben ser registradas ante
Específicamente excluye de las NAMAs
a algunas tecnologías que considera de impactos ambientales negativos como
energía nuclear e hidroeléctricas de gran escala “entre otros”.
La
propuesta de Japón
Entre las novedades que introduce la propuesta
japonesa respecto a
Respecto a las acciones de mitigación encaradas por
las Partes, estas deben minimizar los efectos adversos del cambio climático,
así como sobre el comercio internacional y aspectos sociales y económicos de
los países en vías de desarrollo. (Esta consideración podría impedir algunas
medidas de los países desarrollados como el “etiquetado” de productos con alto
contenido de carbono o tasas a la aviación y marina comercial por los efectos
adversos sobre las economías exportadoras de los países en vías de desarrollo).
Específicamente incluye las actividades de Uso de
Los Mecanismos de Flexibilización (MDL, IC y CE) se
mantienen en condiciones similares a las del Protocolo de Kioto.
Con respecto a las NAMAs, establece
un Anexo C donde los países en desarrollo deberán comprometer sus acciones. En
particular establece la obligación de limitar el crecimiento de sus emisiones a
los países en desarrollo que tienen una “sustancial contribución a la emisión
global de GEIs”. (Esta diferenciación entre países No
Anexo 1 es rechazada por ahora por el G77 + China)
REDD
(Reducción de Emisiones de
La
propuesta de Tuvalu
En el proyecto de Tuvalu este mecanismo es
considerado dentro de las NAMAs.
Incluye conservación, manejo sustentable de los
bosques y aumento del stock de carbono forestal (esta definición podría llegar
a incluir plantaciones forestales).
Debe asegurar que los derechos de los pueblos
indígenas y comunidades locales no se verán afectados.
Deberán ser desarrolladas líneas de base nacionales o
subnacionales para calcular los cambios en emisiones por deforestación o
degradación.
El apoyo de
los países desarrollados para estas actividades será voluntario y deberán tomar
medidas para que sus importaciones de productos forestales no contribuyan a la
deforestación o degradación de bosques.
Los países en vías de desarrollo deberán evitar el desplazamiento
de emisiones a otros lugares (fugas) asegurar la permanencia, y darse
apropiadas estructuras de gobernanza
Crea una Ventana de REDD en el Fondo Internacional
Climático (textualmente dice “internacional” pero se refiere al anteriormente
mencionado como “multilateral”) que financiará capacitación, acciones y fondos
locales.
Las actividades de REDD no serán elegibles para el
comercio de emisiones durante el período 2013-2017
La
propuesta de Japón
Escuetamente propone que
Adaptación
La
propuesta de Tuvalu
Obliga a las partes a presentar planes nacionales de
adaptación que deberán incluir, entre otros: evaluaciones de vulnerabilidad y
necesidades financieras, priorización de las acciones, estrategias de capacitación
y de manejo de desastres, etc.
Crea Centros Regionales de Adaptación para apoyar a
los países más vulnerables.
Crea
Crea el Comité de Expertos en Adaptación con el fin
de asistir a los países en desarrollo más vulnerables y monitorear el
cumplimiento de los compromisos de
provisión de fondos por parte de los países desarrollados.
Crea el Instrumento (Facility)
de Rehabilitación de Impacto Climático, con base en un mecanismo de seguros de
riesgo, para asistir a los países más vulnerables ante las pérdidas y daños
causados por el cambio climático.
Crea
Crea el Mecanismo de Compensación de Cambio Climático
con el fin de asistir a los países en desarrollo más vulnerables para atender
los costos sociales y ambientales de largo plazo de los impactos del cambio
climático.
La
propuesta de Japón
Otorga a
Insta a los países desarrollados a aumentar el apoyo a las acciones de
adaptación en estos países de acuerdo a las responsabilidades comunes pero
diferenciadas y de acuerdo a sus capacidades.
Financiamiento
La
propuesta de Tuvalu
Crea el Fondo Multilateral para Cambio Climático con
las siguientes ventanas:
§
Mitigación
§
Adaptación
§
REDD
§
Seguros
§
Tecnología
Se nutre de fondos provistos por:
Las Partes en función de la responsabilidad histórica
de sus emisiones
Un impuesto sobre bienes importados por medio
marítimo por los países desarrollados
Un impuesto obre vuelos internacionales cuyo destino
sea en los países desarrollados
Una tasa sobre el comercio de emisiones
Contribuciones del Fondo de Adaptación
Otras contribuciones
La
propuesta de Japón
Insta a los países desarrollados a proveer con nuevos
y adicionales recursos financieros a los países en desarrollo para cubrir el
costo incremental de las medidas de mitigación y la transferencia de
tecnologías.
Deberán considerarse especialmente la adecuación y predictibilidad de los flujos de estos recursos.
Tecnología
La
propuesta de Tuvalu
Se crea el Instrumento de Transferencia y Desarrollo
de Tecnología con el objetivo de asistir a los países en desarrollo a
identificar y facilitar la transferencia de tecnología.
Se crea además el mecanismo internacional de energía
renovable y eficiencia energética para asistir con préstamos sin interés a los
países en desarrollo.
Se crean también los Centros de Cooperativos de
Desarrollo Tecnológico para proveer instalaciones para el entrenamiento y
desarrollo de tecnologías.
Promueve la cooperación para reducir o quitar los
impuestos a la importación y exportación de tecnologías de energías renovables
y eficiencia energética, así como liberarlas de sus patentes de propiedad
intelectual
La
propuesta de Japón
Todas las Partes, en base a sus responsabilidades
comunes pero diferenciadas deben promover la transferencia difusión y acceso a
tecnologías y el conocimiento necesario para apoyar acciones de mitigación y
adaptación en los países en desarrollo.
Los países desarrollados deben promover el desarrollo
de tecnologías innovadoras.
3) Tabla comparativa de resumen
|
TEMA |
TUVALU |
JAPON |
|
Nivel
de estabilización de gases y temperatura |
Aparece
en el Objetivo del Protocolo y establece el límite de CO2 en 350 ppm y la temperatura por debajo de los 1,5º C |
Aparece
entre los Considerandos y alienta una reducción global de 50% sobre las
emisiones actuales para el año 2050 |
|
Mitigación
|
Establece
límites cuantificados de emisiones para países desarrollados y otros que
voluntariamente los adopten |
Establece
límites cuantificados de emisión para los países del Anexo 1 de Incluye
Bunkers y LULUCF |
|
|
Se
mantienen los Mecanismos de Flexibilización |
|
|
NAMAs |
NAMAs
en tres niveles: b)
Acciones financiadas con fondos internacionales c)
Acciones financiadas a través del mercado de carbono |
Establece
“Metas de intensidad de emisiones” para países en desarrollo con altos
niveles de emisión de GEI. |
|
Alcance
nacional, sectorial o por proyecto |
|
|
|
Crea
un Fondo Multilateral de Cambio Climático para las actividades del punto b) |
|
|
|
Excluye
energía nuclear y grandes represas entre otros. |
|
|
|
REDD |
Incluido
en NAMAs. |
Traspasa
a |
|
Comprende
conservación, manejo sustentable de los bosques y aumento del stock de
carbono forestal. |
|
|
|
Debe
asegurar derechos de los pueblos indígenas y comunidades locales |
|
|
|
Deberán
evitar las “fugas” y asegurar la permanencia |
|
|
|
Crea
una Ventana de REDD en el Fondo Internacional Climático |
|
|
|
Las
actividades de REDD no serán elegibles para el comercio de emisiones durante
el período 2013-2017 |
|
|
|
Adaptación |
Obliga
a las partes a presentar planes nacionales de adaptación |
Obliga
a los países menos desarrollados a presentar planes nacionales de adaptación |
|
Crea
Centros Regionales de Adaptación para apoyar a los países más vulnerables. |
Insta
a los países desarrollados a cooperar, de acuerdo a sus capacidades, con los
países menos desarrollados |
|
|
Crea
|
|
|
|
Crea
el Comité de Expertos en Adaptación. |
|
|
|
Crea
el Instrumento de Rehabilitación de Impacto Climático |
|
|
|
Crea
|
|
|
|
Crea
el Mecanismo de Compensación de Cambio Climático. |
|
|
|
Financiamiento |
Crea
el Fondo Multilateral para Cambio Climático con las siguientes ventanas: Mitigación,
Adaptación, REDD, Seguros y Tecnología |
Insta
a los países desarrollados a proveer con nuevos y adicionales recursos
financieros a los países en desarrollo. |
|
Se
nutre de fondos provistos por: -Las
partes en función de la responsabilidad histórica -Impuesto
sobre bienes importados por medio marítimo y vuelos internacionales -Tasa
sobre el comercio de emisiones -Contribuciones
del Fondo de Adaptación |
Se
debe tener en cuenta la adecuación y predictibilidad
de los flujos de estos recursos. |
|
|
Tecnología |
Se
crea el Instrumento de Transferencia y Desarrollo de Tecnología |
Todas
las Partes, deben promover la transferencia difusión y acceso a tecnologías
en los países en desarrollo. |
|
Se
crea el mecanismo internacional de energía renovable y eficiencia energética |
Países
desarrollados deben promover el desarrollo de tecnologías innovadoras |
|
|
Se
crean los Centros de Cooperativos de Desarrollo Tecnológico |
|
|
|
Promueve
la reducción de los impuestos y las patentes a las tecnologías de energías
renovables y eficiencia energética |
|
4) Tabla comparativa de los contenidos
por articulo
|
Art |
TUVALU |
JAPON |
|
|
Considerandos |
Considerandos |
|
1 |
Definiciones |
Definiciones |
|
2 |
Objetivos |
Políticas
y medidas |
|
3 |
Mitigación
–General |
Mitigación
– Obligaciones |
|
4 |
Mitigación
y Comercio de Emisiones |
Asuntos
Metodológicos |
|
5 |
Mitigación
REDD |
Inventario
e información |
|
6 |
Adaptación
– Planificación |
Revisión
de la información |
|
7 |
Adaptación
– Centros regionales |
Mecanismos
de Flexibilidad |
|
8 |
Adaptación
– Medidas de Asistenca |
REDD |
|
9 |
Adaptación
– Implementación |
Adaptación |
|
10 |
Adaptación
– Comité de Expertos |
Tecnología |
|
11 |
Adaptación
– Manejo y reducc riesgos |
Financiamiento |
|
12 |
Tecnología
- Transferencia |
Cooperación |
|
13 |
Tecnología
- Financiamiento |
De |
|
14 |
Tecnología
- Centros de desarrollo |
Secretaría |
|
15 |
Tecnología
– Comercio |
Órganos Subsidiarios |
|
16
|
Financiamiento |
Proceso consultivo multilateral |
|
17 |
Secretaría |
Revisión del Protocolo |
|
18 |
Inmunidades |
Cumplimiento |
|
19 |
Arreglo de disputas |
Arreglo de disputas |
|
20 |
Enmiendas |
Enmiendas |
|
21 |
Anexos |
Anexos |
|
22 |
Votación |
Votación |
|
23 |
Depositario |
Depositario |
|
24 |
Apertura para firmas |
Apertura para firmas |
|
25 |
Entrada en vigor |
Entrada en vigor |
|
26 |
Aplicación provisional |
No reservas |
|
27
|
No reservas |
Renuncia |
|
28 |
Renuncia |
Autenticidad de los textos |
|
29 |
Autenticidad de los textos |
|
|
|
Anexo
1 – Reducción cuantificada de emisiones de las Partes |
Anexo
A GEI |
|
|
|
Anexo
B – Reducción cuantificada de emisiones de las Partes |
|
|
|
Anexo
C – Acciones de Mitigación Nacionalmente Apropiadas (NAMAs)
de las Partes |
Nota:
En cursiva los artículos relacionados con aspectos reglamentarios del propio
protocolo